Moción intransigente

Jorge Mario Pérez Solano

Jorge Pérez Solano
Nuevamente la oposición, pretende reabrir un debate nuevo con una nueva tutela, a pesar de haberse votado por la mayoría, de cumplirse las expectativas por el citado y de que el Consejo de Estado lo haya esclarecido. Clic para tuitear
Jorge Pérez Solano

Lo que ha caracterizado a la oposición en estas legislaturas, es su intransigente y torpe forma de ejercer su actividad legislativa bajo la orientación equivocada de que la única forma de deponer a este gobierno, es censurando a los ministros, persiguiendo con decisión judicial en mano a los miembros de la bancada oficial y vendiendo el mandado que estamos bajo los designios de un régimen autoritario, olvidando que los innumerables costos que vienen asumiendo frente a esa continua deslegitimación, les está produciendo un desgaste insuperable frente a la ciudadanía, con consecuentes razones de división dentro de los partidos que se hacen llamar de centro y los proclamados de izquierda, que al final son lo mismo cucarachos en la misma calabaza.

En ese orden, frente a lo ocurrido el pasado jueves dentro de la sesión mixta del senado para surtir los debates de control político y de moción de censura contra el Ministro de Defensa, resultó toda una desnaturalización de esta última dentro de los propósitos que tuvo el constituyente inicial para constitucionalizar la función fiscalizadora de la rama legislativa en los asuntos gubernamentales de la ejecutiva.

En primer lugar, no hay que olvidar que no estamos dentro de un sistema parlamentario como el inglés y del español, donde los miembros del parlamento, exigen la responsabilidad política al ejecutivo, ya que son estos los que eligen al presidente o al primer ministro, contrario sensu, en los sistemas presidenciales como el nuestro, al presidente lo eligen por voto popular y por mayoría, es decir, no es originario del congreso.

En segundo lugar, la figura de la moción de censura, en los sistemas parlamentarios, significa destituir al primer ministro y/o al presidente del gobierno por la pérdida de confianza y respaldo parlamentario, lo cual es lo opuesto a nuestro régimen, donde solo se extiende al gobierno, en especial a los ministros del despacho y a lo que respecta frente a los actos de la misma administración.

Sin embargo, para la oposición, pareciera que sus propósitos están encaminados dentro de la asunción inexistente que reviste un sistema mixto entre lo parlamentario y lo presidencial frente a la moción de censura.

Por un lado, pretenden destituir a cuanto ministro se les atraviese como lo han pretendido en estos dos años sin el estricto control político, intentando realizar juicios que no son propios de las funciones políticas, ya que la función judicial está reservada para otras situaciones que la carta política y la ley orgánica (L5/92-6) les exige para juzgar excepcionalmente a los altos funcionarios del Estado por responsabilidad política como el Presidente y los Magistrados de las Altas Cortes junto al Fiscal General.

Del mismo modo, prima facie, se verifica que la minoría parlamentaria, dentro de lo surtido en la citación realizada al Ministro de Defensa, viola el reglamento de la corporación, cuando habiendo citado y superado los requerimientos y los cuestionarios por el mismo ministro, la misma plenaria, propone que de lo escuchado se declare la satisfacción de las explicaciones, de lo cual emana la votación mayoritaria para concluir el debate, tal como el mismo reglamento lo prevé, sin entrar en las mal llamadas “jugaditas” de los que se aferran al fracaso de bancada opositora.

Asimismo, el Consejo de Estado, revocando el fallo de tutela decidido por el Tribunal de Cundinamarca, señaló puntualmente, que los tutelantes, ni acreditaron, ni agotaron ante las mesas directivas del Senado lo que correspondía a la discusión del tránsito de tropas extranjeras, al igual que la supuesta desprotección de los derechos de oposición y de participación, lo cual, sin demostrar ese requisito de procedimiento y las supuestas vías de hecho, intentaron trasladar su agudeza ineptitud en el juez de tutela para que los amparara por su desesperada omisión, que no fue admitida por el superior como lo hizo ver el inferior, demostrándose esos yerros de orden parlamentario en perjuicio de estos.

Nuevamente la oposición, pretende reabrir un debate nuevo con una nueva tutela, a pesar de haberse votado por la mayoría, de cumplirse las expectativas por el citado y de que el máximo Tribunal de lo Contencioso haya esclarecido sin mayores consideraciones lo que no requiere discusión política y judicial.

La Corte Constitucional en reiteradas decisiones, ha señalado frente a la improcedencia de la tutela como mecanismo principal para la protección de derechos, cuando resulten amenazados o vulnerados con ocasión de la expedición de actos, y que en efecto, solo procederá el amparo al ser manifiestamente contrario a la legalidad y se vulneren gravemente derechos a la oposición, y que no es propiamente lo que están buscando esos opositores, sino propiciar, forzar y utilizar de forma innecesaria y dilatoria las acciones judiciales frente a hechos superados, que no merecen ser debatidos y constituyéndose una temeridad por parte de los legisladores e inmersos en delitos como prevaricato y fraude a resolución judicial, y no como lo pretende algún profesional del derecho por ahí, que en su afán de figurar y madurar como las frutas viches envuelto en periódicos virtuales de redes, pretende denunciar a los 67 congresistas de haber votado y ejercido su función legislativa conforme a las disposiciones congregacionales, per se, de que sus poderdantes, alentándolo para el subprotagonismo, sí están insertos en conductas que si ameritan investigación y sanción por lo anteriormente expuesto.

A la oposición no le queda otro camino que demandar en nulidad lo votado por la mayoría parlamentaria ante la jurisdicción contenciosa, para efectos de demostrar si fue expedido con infracción de las normas, o en forma irregular, mediante falsa motivación, o con desviación de las atribuciones propias de quien los profirió, de lo contrario, se verían expuestas a lo que tanto pregonan cuando señalan al gobierno de dictadura, al incumplimiento de los fallos judiciales, al desconocimiento de los derechos de las mayorías, en fin, se seguiría sosteniendo que aún no están preparados para gobernar y que una administración de ellos se asemeja al fracaso latinoamericano de otros gobiernos idénticos a sus ideologías y que la llegada de ellos al poder, sería de alta peligrosidad por las alianzas con que por años han intentado desestabilizar al Estado colombiano.

Bien decía Edmond Thiaudière:

“La política es el arte de disfrazar de interés general el interés particular”.

JORGE MARIO PEREZ SOLANO
Acerca de JORGE MARIO PEREZ SOLANO 32 Articles
Abogado,Especialista En Derecho Administrativo, ha sido asesor y consultor en el sector nacional y territorial socio en Safey & Lawyers SAS - Bogota. Fue columnista en el hoy diario del magdalena, bloguero en kienyke,columnista en seguimiento.co. Samario de nacimiento,Barranquillero y Bogotano por adopción;su domicilio y residencia están en Bogotá y Barranquilla